Del Análisis de los hechos y del Derecho alegado por las partes, así como las pruebas promovidas, evacuadas e incorporadas al Proceso, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de Divorcio Ordinario incoada por la ciudadana VIRGENIS EDILMA SILVA PADRON, antes identificada, contra el ciudadano ALFREDO JOSE OLIVAR GONZALEZ, antes identificado, fundamentada en la causal tercera del artículo 185 del Código Civil y CON LUGAR la Reconvención intentada por el ciudadano ALFREDO JOSE OLIVAR GONZALEZ contra la ciudadana VIRGENIS EDILMA SILVA PADRON, fundamentado en la causal Segunda del artículo 185 de la referido norma. En consecuencia, de haberse declarado CON LUGAR la Reconvención, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unió.