Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA IMCOMPETENTE, para conocer de la acción de RESOLUCION DE CONTRATO incoada por la ciudadano la ciudadana IRIS DE JESUS TEJADA MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, comerciante, titular de la cedula de identidad Nº V-7.175.497, contra la Sociedad Mercantil LAS CHUITAS C.A. inscrita por ante el Registro Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua bajo el Nº 99, Tomo 539-B de fecha 29 de marzo de 1993, y modificado en fecha 17 de junio de 2000, bajo el Nº 42, del Tomo 31-A., y declina la misma al Juzgado Superior Distribuidor en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en esta Ciudad de Maracay, a quien se ordena remitir el presente expedie.....