Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadano JAIME VELEZ PELAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.687.809, SEGUNDO: En consecuencia CON LUGAR la pretensión de DESALOJO incoada por la Sociedad Mercantil INVERSIONES ANBAR, C.A., domiciliada en el Estado Aragua e inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 18 de Abril de 1995, bajo el N° 42, Tomo 682, y con última reforma estatutaria en fecha 16 de Agosto de 2007, bajo el N° 24, Tomo 61-A, de los libros respectivos, representada por los ciudadanos: MATILDE BARRIOS RODRIGUEZ y VICENTE ALI ANDRADE ARCAYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de l.....