En este sentido, la representación judicial de la parte Demandada, cumplió con los trámites administrativos para abrir cuenta a favor de uno de los que conforma el litis consorcio activo, tal como consta a las actas procesales, en fecha 15 de junio de 2017 y se abrió cuenta de ahorros en la entidad Bancaria BANCO BICENTENARIO DEL PUEBLO (Agencia San Bernardino) Nº 01750140260062347591, a favor del ciudadano JOSE REY PRADO, titular de la cedula de identidad Nº V-6.239.857, por la cantidad de Bs.88.192,85. De la misma forma, se ordenó la notificación a la parte Demandante, en fecha 19 de junio de 2017. Igualmente, en fecha 12 de agosto de 2024, el Tribunal ordenó librar oficio a la OCC para que informara el saldo en la cuenta de ahorros ut supra identificada y dicha oficina OCC informó que el saldo es de Bs.0,00, es por lo que este Tribunal considera inoficioso que el presente asunto se mantenga abierto, por lo que ordena su cierre, es decir, dar por terminado, previa la notificación a.....