Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la Medida la Medida de Amparo Constitucional Cautelar de Suspensión de Efectos, solicitada por la profesional del derecho Nancy Alejandrina Hurtado Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.339.423, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº 27.050, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana Omaira Isabel León Fernández, titular de la cédula de identidad Nº V-5.268.935, contra el Acto Administrativo S/Nº, dictado por la Alcaldesa del Municipio Libertador del Estado Aragua, en fecha 23 de julio de 2009, y publicado en el diario el Aragüeño el 13 de agosto de 2009, a través de un cartel de notificación ilegible, y las .....