Por las razones antes expuestas este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR LA PÉRDIDA DEL INTERÉS en la tramitación del Interdicto Restitutorio interpuesto por el ciudadano JOSÉ RAMÓN NORIEGA QUIJADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-592.266, domiciliado en Turmero, Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, debidamente asistido por los Abogados Ascensión de Noriega, Rafael Guillermo Maluenga Hurtado y Claret Evelyn Maluenga Acosta, Inpreabogado Nros. 11.122, 6.281 y 70.838, respectivamente, contra la ciudadana TERESA DE JESÚS QUINTANA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.580.293, domiciliada en el Asentamiento Santa Rosa y La Candelaria, sector Curujujul, Parcela S/N, Parroquia Pao de Zarate, Municipio José Félix Ribas del estado Aragua.