Acto seguido este Tribunal siendo las 12:45 p.m., de conformidad con lo previsto en el artículo 528 del Código de Procedimiento Civil, hace al ejecutante, la entrega material formal, real, y efectiva, libre de bienes y personas, el bien inmueble que se describe a continuación: Una casa ubicada en la Urbanización Las Vegas, Sector Manuelita Sáez, Calle 01, distinguida con el N°22 Cagua, Municipio Sucre del Estado Aragua, alinderado de la siguiente manera; NORTE: Quince Metros con Cincuenta centímetros (15,50 Mts) con casa N° 24 de la Calle 01; SUR: Quince Metros con cincuenta Centímetros (15,50 Mts) con casa N° 20 de la Calle 01; ESTE: Nueve metros con Dieciocho Centímetros (9,18 Mts), con Calle 01 que es su frente y OESTE: Nueve Metros con dieciocho centímetros (9,18 Mts)con casa N°21 de la Calle 03, con una superficie aproximada de Ciento Cuarenta y Dos Metros con Veintinueve centímetros Cuadrados (142,29 M2) y lo pone en posesión de la ejecutante.