Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, se homologa dicho desistimiento, y se da por consumado el acto en el juicio que por DESALOJO tiene incoado el Ciudadano ANDRÉS AVELINO ALGARIN, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 1.971.040, de este domicilio, contra la Ciudadana ELAINE CHIQUINQUIRA VALERA GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 10.626.113, y de este domicilio, se procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada y ASÍ SE DECIDE.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA, en Maracay, a los 26 días del mes de Marzo de dos mil diez (2010). Años: 199º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZ.,
ABOG. MARY FERNANDEZ PAREDES.
.....