II
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente demanda de Oferta Real, interpuesta por la Sociedad Mercantil INVERSORA ROSAN C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 8 de noviembre de 1994, bajo el N° 75, tomo 653-B; representada judicialmente por los Abogados DORIS DE LUCA y FRANCIS CABRERA, inpreabogado números 26.743 y 42.421, respectivamente contra el ciudadano GUILLERMO CONTRERAS CAICEDO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.351.090, representado por los Abogados Manuel Guada Aciego y Álvaro Ochoa Niño, Inpreabogado números 420 y 4.402, respectivamente.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas .....