CAPITULO III
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO, incoada por la ciudadana Zuleima Eduvigis Lozada De Ferrante, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.226.825, contra el ciudadano: Guiseppe Ferrante Gilardetti, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-980.624.
SEGUNDO: Como consecuencia de ello declara extinguido el vínculo matrimonial que los unía desde la fecha 11 de octubre de 1980, en la cual ambas partes, arriba identificadas, contrajeron matrimonio civil por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Crespo, Maracay Estado Aragua, según datos del acta de matrimonio, inserta en los Libros de Matri.....