Por todas las razones expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY. Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por los ciudadanos Gustavo Grau, Carlos Briceño, Maria Isabel Paradisi y Miguel Angel Basile Urizar, abogados inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo los Nros. 35.522, 107.967, 137.672 y 145.989 respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de la Empresa PEPSICOLA C.A, contra el Acto Administrativo contenido en el Decreto Nº 19, dictado de fecha 30 de diciembre de 2012, por el ciudadano Alcalde del Municipio Zamora del estado Aragua.
SEGUNDO: Por autoridad de la Ley se declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpue.....