PRIMERO: Este Tribunal Superior se declara COMPETENTE para conocer y decidir, el presente Recurso de Apelación de Auto; en atención a los artículos 441 y 442 ambos del Código Orgánico Procesal Penal en correspondencia con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Auto incoado por el el profesional del derecho ABG. DAVID PEREZ, quien funge como defensor del ciudadano imputado MOHICES ABRAHAM MARQUEZ, titular de la cedula de identidad N° V-31.655.7944, en contra de la decisión dictada y publicada por el Juzgado Primero (01°) de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección De Responsabilidad Penal Del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en fecha dos (02) de abril de dos mil veinticinco (2025), en la causa identificada con el alfanumérico interno N° 1CA-SOL-3828-2025.
TERCERO: Se CONFIRMA en todos sus pronunciamientos la decisión recurrida y decretada por el Juzgado Primero (01°) de Prim.....