El dos (02) de agosto de 2021, el abogado NIEVES BAUTISTA DÍAZ DURÁN, previamente identificado, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, suscribió diligencia mediante la cual señaló que desistía de la apelación anunciada; en tal sentido, de una revisión de las presentes actuaciones se pudo constatar que el presente recurso de apelación fue ejercido por el abogado anteriormente señalado (ver folio 218 y 219 de la pieza N° 3), por lo que vista la manifestación realizada por este y revisados como han sido los extremos de Ley, a saber, la facultad para desistir del recurso de apelación por parte del referido abogado, la cual de forma expresa cursa a los autos (ver folios 158, 159, 161, 163, 166 y 169 de la pieza N° 1); es por lo que, este Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SE.....