DISPOSITIVA
En consecuencia por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR, la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue la ciudadana CARMEN FELICIA CARVAJAL CALLEJA contra los ciudadanos LUIS CARLOS SILVA MARTINEZ y NUBRASKA RAMIREZ APONTE, en consecuencia se condena a la demandada a:
PRIMERO: Se ordena la entrega material del inmueble objeto del presente juicio, constituido por un Apartamento, ubicado en la parcela Nro. 6, de la Manzana 541-22, Tercera etapa, de la Urbanización Palo Verde, Edificio Residencias "Geranios", Torre "B", Piso 8, Apartamento B-8, Sector Filas de Mariche del Municipio Sucre del Estado Miranda, mediante documento otorgado por ante el Notario Público Trigésimo Sexto del Municipio Libertador, inserto bajo el Nro. 12, Tomo 47, de.....