III
Este Tribunal Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio, presentada por la ciudadana MARÍA YSABEL YNOJOSA DE CASTEL, antes identificada, y ORDENA en forma sumaria Rectificación del Acta de Matrimonio signada con el Nº 18, Tomo U, Folios 28 al 29, año 1.980, asentada en los Libros de Matrimonios llevados por la antigua Prefectura del Municipio Choroní, del Distrito Girardot del Estado Aragua, (hoy Registro Civil de la Parroquia Choroní del Municipio Girardot del Estado Aragua), de conformidad con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, por lo que donde dice "ISABEL" debe decir, "YSABEL"; y donde dice "INOJOSA" debe decir, "YNOJOSA". En consecuencia se ordena oficiar al referido Registro, a fin de que estamp.....