DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la circunscripción judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por el ciudadano REINALDO SUAREZ ROQUE, titular de la cedula de identidad N° E-84.552.771, contra la ciudadana ROSA ELENA HERRERA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V-8.739.506. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído enfecha 5 de marzo de 2010, por ante el registro civil del municipio Santiago Mariño del estado Aragua, según se evidencia en acta asentada bajoel N° 22, Folio 22, Tomo I, Año 2010, de los libros de matrimonios llevados por el referido registró.
Publíquese y regístrese, déjese copia.....