DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado de Primera Instancia Estadal en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Octavo de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: En virtud que el imputado JESUS EDUARDO ALVAREZ BELLO han cumplido con la labor comunitaria ante este Tribunal se decreta la Extinción de la Acción Penal, de conformidad con los artículos 46 y 49.7 del Código Orgánico Procesal Penal, decretándose en consecuencia el SOBRESIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el articulo 300.3 ejusdem, a favor de los ALVAREZ BELLO JESUS EDUARDO, de nacionalidad Venezolano, natural de san mateo estado Aragua, fecha de nacimiento 18-05-1993, de 26 años de edad titular de la cedula de identidad N° 25.074.469, residenciado en CALLE PRINCIPAL BARRIO UNIÓN CASA NUMERO .....