PRIMERO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en la demanda por NULIDAD DE LA CLASULA 71 DE LA CONVENCION COLECTIVA, incoada por los ciudadanos JOHN DIAZ, FERNANDO PAREJO, JOSE MEJIAS, JUAN RAMOS, CARLOS ZARATE, JHONATAN SANDOVAL Y JUAN ALEXANDER CARVALLO LIENDO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cédulas de identidad N° V-13.722.246, V-9.660.034, V-8.791.183, V-9.645.564, V-17.198.150 y V-16.765.726, V-11.592.387 respectivamente, contra la Sociedad Mercantil SAVIRAM, C.A., constituida mediante documento inscrito ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 28 de enero de 2004, bajo el N° 68, Tomo 8-A., dándole efecto de cosa juzgada. SEGUNDO: Déjese transcurrir los lapsos de Ley a los fines de que las partes puedan ejercer los recursos legales pertinentes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la sentencia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Pr.....