DECISIÓN
Con fundamente a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente demanda de COBRO DE BOLIVARES, presentada por la ciudadana IVONNE MARGARITA ARIAS MURILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° 4.548.421, actuando en su condición de Presidenta y con funciones de Administradora del Condominio del Conjunto Residencial y Junta de Condominio de RESIDENCIAS MI ENCANTO, debidamente protocolizada por ante la oficina subalterna del Primer Circuito de Registro del Distrito Girardot del Estado Aragua, en fecha 15 de Septiembre de 1982, bajo el N° 10, folios 51 al 67, protocolo primero,, tomo 18 del 3°, Trimestre debidamente asistida por el abogado en ejercicio ARANALDO AVENDAÑO PEREZ, inscrito en el i.....