éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: FULGENCIO OSWALDO VEGAS TOVAR y MARIA ALEJANDRA PESTANO SANCHEZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N°V-18.069.481 y V-19.604.206, sobre unas bienhechurías, levantadas en un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide: OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS (86,80mts2) Ubicado en Sector 8 de Marzo, los Bagres, Calle 03, Casa Nº02, parroquia Valles de Tucutunemo, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 14,20 Mts. Con casa de la Fulgencio Vegas y María Pestana; SUR: En 14,20 Mts. Con calle 03; ESTE: En 6,20Mts. Con casa que es fue de la Familia Carrizales; OESTE: En 6,20Mts. Con calle la oficina que es su frente, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte.....