D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulado por la ciudadana MARIA INES VIANA BARRIOS, identificada con la cedula de identidad nro. V-19.600.844, contra el ciudadano DUSAN ALBERTO COLIC MORA, identificado con la cedula de identidad Nro. V-16.544.612, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el nueve (09) de agosto del año 2012, según acta insertada por ante el Registro Civil del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, según evidencia del acta de Matrimonio N° 174, Tomo I, Año 2012, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia N° 1070, de fecha 9 de Diciembre de 2.....