SEGUNDO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción
Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUIGAR LA CUESTIÓN PREVIA OPUESTA por la demandada y CON LUGAR LA DEMANDA que, por DESALOJO intentara ALBA JACKELÍN MONTERO CONTRERAS, contra MORELIA COROMOTO RAGA MARTÍNEZ, todos identificados anteriormente.-
En consecuencia, se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes y se condena a la demandada, a entregar a la demandante, completamente desocupado y libre de personas y bienes, el inmueble que le tiene arrendado, ubicado en la Calle Libertador, Residencias El Parque, Torre A, Piso 13, Apartamento 13-B, en esta ciudad de La Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua y a cancelarle a la demandante la suma de NOVECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.900.000,00), .....