Este JUZGADO DEL MUNICIPIO TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA , visto que el acuerdo suscrito por las partes, no es contrario a Derecho ni al orden Publico y versa sobre derechos disponibles, Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos YALITZA DEL VALLE VILLARROEL STRUBINGER, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V-12.676.150 y el ciudadano JAIME ALBERTO GONZALEZ VELASQUEZ, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº. V-13.338.977, en los términos expuestos y le otorga el CARÁCTER DE COSA JUZGADA. En cuanto la Medida de Embargo solicitado por la Defensora pública, sobre el 50% de las Prestaciones sociales del demandado de autos, el Tribunal acuerda oficiar al Jefe de personal de la empresa donde labora el demandado de autos, en la siguiente dirección: Fabrica de Galletas La Coloniera, Sector Liceo Viejo, Colonia Tovar, Estado Aragua, hast.....