IV. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil , Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano FRANCISCO RAMÓN CHONG RON, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.789, apoderado judicial de la parte actora, ciudadano CESAR AUGUSTO GARMENDIA WEBEL, titular de la cédula de identidad N° V-5.262.591, en contra del auto dictado en fecha 22 de Marzo del 2006, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
SEGUNDO: SE REPONE, la causa al estado en que la Juez A Quo se pronuncie sobre la solicitud de la medida efectuada por la parte actora, de conformidad con el artículo 585 del C.....