PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR, en los términos antes expuestos, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ÁLVAREZ GUERRERO GUSTAVO ADOLFO, contra la decisión dictada por el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en fecha 22 de noviembre de 2010. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, de fecha 22 de noviembre de 2010, mediante la cual negó la entrega del vehículo distinguido con las siguientes características: CLASE: AUTOMÓVIL, MARCA: RENAULT, MODELO: LOGAN, AÑO: 2007, COLOR: NEGRO, PLACAS: AFZ72A, SERIAL DE CARROCERÍA: 9FBLSRAHB7M403585, SERIAL DE MOTOR F710UB96465, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR; a los ciudadanos: GUSTAVO ADOLFO ÁLVAREZ GUERRERO y BLANCA SÁNCHEZ NIEVES. TERCERO: SE ACUERDA la remisión de las presentes actuaciones en su oportunidad al Tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que lo remita a la Fiscalía 28º del Ministe.....