DEL AUTO DE APERTURA A JUICIO
Esta Juez 6to de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo estatuido en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento:
1) ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION presentada por la Fiscalía 8º del Ministerio Público del Estado Aragua, en contra del ciudadano GUILLERMO JOSE CALVETE MALAVE, quien es Venezolano, de profesión u oficio Funcionario Público (Policía de Aragua), titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.963.061, residenciado en la Urbanización los Mangos, calle 9, casa Nº K-24, Santa Cruz de Aragua, Estado Aragua; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 1º, 2º, 3º, 8º y 10º de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y USO INDEBIDO DE ARMA DE R.....