Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme a lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA. En Maracay a los Dieciocho (18), días del mes de Septiembre de dos mil seis (2.006).- 196° de la Independencia y 145° de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL.,
ABG. TYHANI CASARES GUAIDOT.,
LA SECRETARIA.,
ABG. SOL SCARLET DIAZ
En esta misma fecha siendo las 10:00 A.M., previa las formalidades de ley, se publico y registró la anterior decisión.-
La Sctria.,
TCG/milagros
Exp-9077.-