Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO y en consecuencia, ordena al Prefecto del Municipio (hoy Parroquia) Crespo, Distrito (hoy Municipio) Girardot y al Registrador Principal, ambos del Estado Aragua, hacer la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento de la solicitante: ELVIA BELEN ISSO DE DURAN, llevada en el año 1947, Nº 156, Tomo 1; a fin de que donde dice: ¿...ELBIA BELEN...¿ debe decir: ¿...ELVIA BELEN...¿. Expídanse por Secretaria, las copias certificadas que fuere menester de la solicitud y de esta sentencia, a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades civiles competentes mencionadas a los fines legales consiguientes. Líbrense oficios.....