Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos JENNIFER JOSEFINA GONZALEZ CUENCA y ALBERTO GREGORIO LUGO ALMENARES Venezolanos, mayor de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros° V-13.812.483 y V-14.191.702, respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: siete (7) de Abril de Dos mil (2000), por ante el Registro Civil de la Parroquia Villa de Cura Municipio Zamora del Estado Aragua como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº74, del año 2000, en los libros respectivos del Registro Civil de la Parroquia Villa de Cura, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo dispues.....