Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por DESALOJO y RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, presentada por el ciudadano PAUL LUGO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-334.832, asistido por la Abogada REINA CAMPOS FONSECA, Inpreabogado N° 115.562, contra el ciudadano CESAR ARGENIS SILVA MONASTERIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.814.299, por haber el accionante acumulado pretensiones que son incompatibles, inacumulables y excluyentes las una de la otra, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 78 y 341 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: En virtud de la naturaleza del fallo no hay condenatoria.....