Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos MAIRELIS PERDOMO MORENO y GILBERTO GASPAR ALDANA AVENDAÑO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédula de identidad Nros. V-8.513.968 y V-7.906.864, respectivamente, por ante la Jefatura Civil del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, en fecha 22 de diciembre de 1989, según Acta de Matrimonio signada con el N° 371, Folios 44 y 45.