En atención a las consideraciones que anteceden; este Tribunal Primero de Ejecución, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Ejecuta el fallo definitivamente firme dictado en fecha 04-06-2019, por el Juzgado Octavo de Control de éste Circuito Judicial Penal, en el cual condenó al ciudadano HENRY GUTIERREZ URBINA, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.176.009, residenciado en; BARRIO EL HUETE, CALLE 10, CASA N° 40, CAGUA, MUNICIPIO SUCRE, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, por considerarlo culpable y responsable del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo supra señalado; detenido el 22-06-2015, hasta el día 24-06-2015, fecha en la cual se le acordó una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, detendo DOS (02) DIAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta DOS (02) AÑOS, ONCE (11) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS, que los terminará de cumplir bajo en Beneficio de Suspensió.....