En mérito de las anteriores consideraciones, esta Juez Unipersonal Novena del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción de Cumplimiento de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana ELIZABETH MARGARITA SANTAMARIA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-10.814.899, actuando en nombre y representación de su hijo (...), de (...) años de edad, en contra del ciudadano JOSE LUIS MENDOZA BUSTAMANTE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.156.267, en consecuencia, se condena al obligado al pago de la cantidad de NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs. 900,00), por concepto de mensualidades vencidas y no pagadas,.....