ME INHIBO de seguir conociendo de la presente causa que por DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD MERCANTIL incoado por la ciudadana GLADYS YSMENIA PEREZ CAMPOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.853.936, contra la Sociedad Mercantil INVERSORA 015 C.A, registrada por ante el extinto Juzgado Primero de primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de fecha 15/02/1993, anotado bajo el N° 53, folios vto. del 171 al 174, tomo A habilitado de los Libros de Registro de Comercio; y contra el ciudadano EDGAR JIMENEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.635.815, por cuanto la co-apoderada judicial de la parte demandada, Abogada YULENG RODRIGUEZ DE POSADA es mi cónyuge. Inhibición que manifiesto de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1º del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.