Este Tribunal Penal en función de Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano YOHANDRI LEONEL DIAZ CESAR, Titular de la Cedula de Identidad N° V-26.460.480, Venezolano, de estado civil Soltero, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 19-04-1998, natural de Victoria, estado Aragua, profesión u oficio: OBRERO, residenciado en SECTOR LA GAVILANA, CASA N° 16, SECTOR CONTRI CLUB, CALLE PRINCIPAL, VIA COLINIA TOVAR, ESTADO ARAGUA, TELEFONO: 0416-343-67-68, a cumplir la pena de CINCO AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Artículo 5 y 6 Numerales 1°, 2° y 3° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor vigen.....