DISPOSITIVA
Por todo lo antes señalado, éste Juzgado en función de Ejecución de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que me confiere los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente ACUERDA: Autorizar el TRASLADO del ciudadano sancionado XXXXXX, a los fines de ser trasladado el día jueves 27 de marzo de 2008, del Centro Penitenciario de Aragua a la sede del equipo multidisciplinario de la sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del estado Aragua ubicado en el Palacio de Justicia. Ofíciese lo pertinente. Notifíquese a ala defensa pública. Dado sellado y firmado en la Sala del Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, a los trece días (13) días del mes de marzo de dos mil ocho. .
LA JUEZA
ABG. JUDITH SAN MARTIN