Por las razones que anteceden este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley
Declara CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los Ciudadanos LUIS ARISTIDES BRITO FALCON y LUZ GABRIELA RISQUEZ FAGUNDEZ, Venezolanos, Mayores de Edad, Cónyuges, de este domicilio, y Titulares de las Cédulas de Identidad N° 7.949.058 y 12.809.326 respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO ARAGUA, en fecha 17 de Noviembre de 2007, conforme se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio N° 288, Tomo, Año 2007, de fecha 17 DE NOVIEMBRE DE 2007,
Liquídese la comun.....