Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda incoada por la Sociedad de Comercio UNIVERSAL, Bienes Raíces (Díaz, Gutiérrez, Hidalgo & Cía.)., contra el ciudadano Teodoro Huertas Arquiñio, Resuelto el Contrato de Arrendamiento y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar el inmueble distinguido con el Nº 99-46, ubicado en la ciudad de valencia del Estado Carabobo, en la Calle 73 cruce con Avenida Las Ferias, el cual forma parte de un inmueble mayor distinguido con el Nº 73-20, completamente libre de personas y de bienes.
SEGUNDO: En pagar los cánones de arrendamiento de los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre del año 2011, y Enero, Febrero, Marzo, y Abril del año 2012, a razón de Mil Doscientos Treinta y Dos Bolívares cada uno (Bs. 1.232,00.....