Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Cagua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos: HILDA MARGARITA JIMENEZ y JULIO CESAR MENDOZA OCHOA, mayores de edad, cónyuges, domiciliados en la Ciudad de Turmero, venezolanos, y titulares de las cédulas de identidad números V-3.716.366 y V-3.231.775, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Federal, en fecha ONCE (11) de MAYO de Mil Novecientos Sesenta y Siete (1967), según se evidencia de la CERTIFICACIÓN del Acta de Matrimonio, la cual se encuentra inserta bajo el Acta Nº 278, del Libro de Registro Civil de Matrimonios, q.....