Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial, Administrando Justicia y en nombre de la ley, declara CON LUGAR, la demanda que por CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES intento el ciudadano PEDRO VICENTE FONTAINES GOMEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.280.665, asistido en este acto por el Abogado JUAN JOSE RODRIGUEZ AGUIRRE, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.042.172, e Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 125.934, en contra de la ciudadana BLANCA ESTELLA GOMEZ ARAMBULA, el primero de los nombrados en su carácter de ARRENDATARIO y la segunda de las nombradas en su carácter de ARRENDADORA, de Dos (02) Locales comerciales, ubicados en Calle "E", distinguido con el N° 40-A, y otro en Vereda 77 con la Calle 15, distinguido con el N° 40, Urbanización Las Acacias, Munici.....