Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana IRMA JOSEFINA ARTEAGA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.180.987, contra la contra la sucesión del hoy De Cujus VIDAL ESPINOZA HERRERA, conformado por los herederos conocidos a saber: ALEXANDER ENRIQUE ESPINOZA HERNÁNDEZ, ISABEL CAROLINA ESPINOZA HERNÁNDEZ, VIDAL RAFAEL ESPINOZA HERNÁNDEZ y DERVIS FRANCO ESPINOZA ARTEAGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 10.758.468, 12.343.942, 13.200.343 y 19.004.285, respectivamente, en los términos expuestos en la parte motiva del presente fallo.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón.....