En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Que es competente para conocer de la presente solicitud de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos Gonzalo Alberto Ávila Duran, Castaño Borjas Fernando Antonio, Escalona Velásquez Luís Enrique Y Fernando Pérez Yamix Enrique, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. 17.866.063, 17.234.819, 18.693.384 y 18.232.095, respectivamente contra la Escuela Técnica Militar de las Fuerzas Armadas Bolivariana, Núcleo Ejercito, Dirección del núcleo, Ubicado en Carretera Nacional Maracay Aragua, Base Escuela Mariscal Sucre, Los Tacarigua, Municipio Girador Estado Aragua.
Segundo: Admite la Acción de Amparo Constitucional propuesta, por cumplir con los requisitos formales exigidos en.....