Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: CON LUGAR LA ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CERTEZA DE PROPIEDAD incoada por los ciudadanos: MICHELINA PATUTO, ALEXANDER GREGORI MARTINI PATUTO y GABRIELA TATIANA MARTINI PATUTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.735.240, V-10.759.125 y V-11.090.698, respectivamente, acompañado por su apoderada judicial la abogada: ENMA VIRGINIA JOHNSON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.230.357, y debidamente inscrita en el Inpreabogado con el N° 186.234, en contra del ciudadano: ANDRES SATURNO VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.018.066. De los cuales, quedan en plena propiedad del inmueble objeto de la controversia los ciud.....