-CAPITULO III: DE LA DISPOSITIVA-
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en el Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: declara CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos RUDY DAVID MEINECKE ORESTE y JHOSELYN DEL CARMEN PIÑERO GUTT, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad números V-13.935.360 y V-11.999.598, respectivamente, quedando así en consecuencia, DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos desde el día veinticinco (25) de febrero de dos mil nueve (2009), según consta en copia certificada del Acta de Matrimonio, anotada bajo el Nº 10, del Libro de Matrimonios del año 2009, llevados por ante el Registro Civil, del Municipio Tovar, del Estado Aragua. En caso de existir bienes de la comunidad conyugal liquídese.
PUBLÍQUESE, REGÍ.....