Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DECAIMIENTO DEL OBJETO en el la demanda de Contenido Patrimonial, interpuesta por la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO MONGAS, debidamente representada por la apoderada sustituta, abogada en ejercicio, MARILUISA SOLANGER LOPEZ BRITO, inscrita en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 114.474, en contra del ciudadano ANTONIO JOSE MORALES ROJAS, supra identificado.
SEGUNDO: En consecuencia a lo anterior, se levanta la Medida Cautelar de Embargo acordada por este Tribunal mediante sentencia dictada en fecha 12 de agosto de 2013, y que corre inserta en el cuaderno de medidas identificado con el numero de asunto NE01-X-2013-000019.
Publíquese, regístrese, y déjese copia.
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