declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte actora en contra de la decisión definitiva dictada en fecha 22/02/2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, en consecuencia SE MODIFICA, la anterior decisión, en los términos expuestos anteriormente. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano DIRAESLY JHONATAN ZARATE PÉREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.689.967, en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES CELTA, C.A., , inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 09-02-1999, bajo el N° 66, Tomo 943-A y en consecuencia SE CONDENA, a la demandada, antes identificada, a cancelarle al actor la cantidad de DIECIOCHO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 18.000.000,00), por concepto de daño moral......