DECLARA PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DAÑOS MATERIALES incoara el ciudadano MANUEL ARTURO SAEZ CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 7.246.117, y de este domicilio, asistido por el abogado JHONNY JAVIER CONTRERAS ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 120.037, contra los codemandados: JOSE ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-15.130.785, ALBERTO JOSE HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° v-17.800.625 y la Empresa de Seguros C.A SEGUROS LA OCCIDENTAL, y como consecuencia de ello: SEGUNDO: Se condena en forma solidaria al pago de la suma de treinta y un mil bolívares (Bs. 31.000,oo) por concepto de Daños Materiales a los codemandados JOSÉ ARAUJO y ALBERTO JOSÉ HERRERA, plenamente identificados, en el carácter de propietario y conductor del vehículo que causo el daño, entendiéndose que si alguno de ellos cancela el monto total indicado quedará saldado la obl.....