Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano WILMER ANTONIO SILVA HERMOSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.221.227, de este domicilio contra su cónyuge ciudadana GLADYS KAMEL CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.692.133, de este domicilio, fundamentando su acción en la causal segunda (2°) del artículo 185 el Código Civil, y en consecuencia, disuelto el Matrimonio Civil celebrado en fecha "01 de julio de 1.995", por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Rita, Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, asentada bajo el Nº 206, Tomo 2B, Folio 220.