Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y doctrinario señaladas ut supra, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: RATIFICA el Decreto de Restitución de la Posesión a favor de la querellante "INMOBILIARIA LA ESTANCIA S.A.", domiciliada en la ciudad de Caracas e inscrita el 5 de junio de 1.974, ante el registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, bajo el Nº 68, Tomo 62-A., del inmueble de una parte del sector denominado Quebrada de Apa,, ubicado en l carretera que conduce desde la ciudad de La Victoria a la Colonia Tovar estado Aragua, justo después del puente de la Quebrada Apa, la cual está identificada en la margen izquierda de la carretera antes señalada, cuyos linderos son: NORTE: Terrenos propiedad de Inmobiliaria.....