DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGA el Convenimiento presentado la ciudadana INES MERCEDES GALLARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.063.745, quien actuó en nombre propio y en representación de los ciudadanos OSCAR MARINO GALLARDO, RUBEN JOSÉ GALLARDO, OSCAR JOSÉ NEROZZI GALLARDO y JOHANA CAROLINA GALLARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.907.750, V-6.899.441, V-12.071.239 y V-14.740.300, respectivamente, según consta en el poder autenticado por ante la Notaría Pública de Cagua, de fecha 13 de marzo de 2015, bajo el Nro. 11, Tomo 33, de los libros de autenticaciones llevado por dicha.....